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OTRA VUELTA DE TUERCA A LAS “PLUSVALÍAS MUNICIPALES”.

Han aparecido recientemente en prensa varias referencias a las reuniones que está manteniendo Hacienda para reformar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (“plusvalía”).

Si bien no conocemos el textual de la modificación de la norma, una de las principales novedades que se pretenden introducir es la referida a la tributación de las “plusvalías” generadas en un periodo inferior al año.

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¿QUIÉN DEBE PAGAR EL AJD EN LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS?.

En los últimos tiempos hemos oído hablar mucho de la nulidad de las clausulas suelo, de la devolución de importes, de su regularización en el IRPF. ¿Pero qué sucede con el AJD satisfecho en los préstamos?

Son muchos los Bufetes que afirman con rotundidad que este Impuesto lo ha de satisfacer la entidad crediticia; sin embargo, no creemos que la cuestión sea tan clara.

En el último mes esta cuestión ha estado patente en la Audiencia Provincial de Valencia. Dos secciones distintas de este Órgano han emitido dos sentencias contradictorias.

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Sin otro particular, recibe un cordial saludo.

Equipo Jurídico Gesaf

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