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EXENCIÓN EN IRPF DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD.

El Tribunal Supremo ha venido a zanjar la tributación en el IRPF de las prestaciones percibidas por maternidad.

La Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos venían denegando la consideración de estas prestaciones como rentas exenta en el Impuesto. En ese mismo sentido se pronunciaron los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla León y Andalucía.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su Sentencia de 29 de junio de 2017 vino a declarar la exención de estas prestaciones. Dicha Sentencia fue recurrida por el Abogado del Estado dando lugar al Fallo del que hoy informamos, abriendo la vía a posibles reclamaciones por lo tributado de más.

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INFORME SOBRE CONFLICTO DE LA APLICACIÓN DE LA NORMA.

Se ha publicado en la web de la Agencia Tributaria el informe de la Comisión Consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma relativo al contribuyente “SOCIEDAD 1 SLESP”.

Dicho informe va referido a la deducibilidad de los gastos financieros de financiación intragrupo.

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Sin otro particular, recibe un cordial saludo.

AFÍLIESE A GESAF

Equipo Jurídico Gesaf

 
 

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